Auto Supremo AS/0440/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2012

Fecha: 15-Nov-2012

Por otra parte, en cuanto a que el Tribunal ad quem confirmó la Sentencia sin

Por otra parte, en cuanto a que el Tribunal ad quem confirmó la Sentencia sin la revisión y fundamentación de las literales salientes a fs. 45-47 y 48-49 por las que se efectuó denuncia y querella penal contra el actor por peculado, debe puntualizarse que el Tribunal de Alzada se encuentra circunscrito a pronunciarse sobre los puntos resueltos por el inferior que fueron sido objeto de apelación, conforme lo dispone el artículo 236 en relación con el artículo 227, ambos del Código de Procedimiento Civil, de tal forma, al no haber sido dicho punto, objeto de agravio en la apelación cursante a fs. 74-75, el Tribunal ad quem, no se encontraba facultado para emitir pronunciamiento