Concluye pidiendo respecto a su recurso de casación en el fondo que se case el
Manifiesta que la demandante solo ha presentado escasa prueba consistente en el testimonio que ha sido invalidado por su trámite de usucapión título consecuentemente caduco, nulo y sin valor de ninguna naturaleza y que ha sido reemplazado por el título judicialmente procesado a través de la prescripción.
Concluye pidiendo respecto a su recurso de casación en el fondo que se case el Auto de Vista recurrido y definiendo en el fondo se declare improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional sobre la acción de mejor derecho de propiedad, consolidación del derecho propietario y consolidación de inscripción en derechos reales
Concluye pidiendo respecto a su recurso de casación en el fondo que se case el Auto de Vista recurrido y definiendo en el fondo se declare improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional sobre la acción de mejor derecho de propiedad, consolidación del derecho propietario y consolidación de inscripción en derechos reales
- Auto Supremo: 444/2012
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esta Resolución de primera instancia el demandado Luís Enrique Soria Jáuregui plantea recurso de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Manifiesta que existe una franca violación del art
- Acusa que el Tribunal Ad quem no se refiere a los agravios respecto a la
- Indica que el proceso de usucapión que el recurrente activó nunca fue un proceso doloso
- Concluye pidiendo respecto a su recurso de casación en el fondo que se case el
- Que, en el caso de Autos el recurrente plantea el recurso de casación en el
- Igualmente precisó que la Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley
- En el caso que nos ocupa el recurrente no cumple con lo establecido en el
- En el caso que nos ocupa la demandante cuenta con título de propiedad adquirido a
- Al respecto indicar que el Art 1451 del Código Civil, al referirse a la cosa
- En ese mismo sentido habrá que considerar lo dispuesto por el art
- Éste Tribunal considera oportuno puntualizar que la presente litis debió resolverse en base al análisis
- Finalmente respecto a la aparente infracción del art
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos y aclarando los fundamentos de la resolución adoptada
- por Luís Enrique Soria Jauregui. Con costas
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán
