DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que, el demandado ahora recurrente plantea Recurso de Casación en el fondo indicando que el Auto de Vista minimiza los agravios expuestos en su recurso de apelación, indicando que no se dio todo el valor legal a la prueba presentada y que existe contradicción porque habiendo valorado su título de propiedad y la prueba literal presentada, estaba subsumiendo la validez de la Escritura Pública Nro. 37/85 de 27 de abril de 1985, y que está involucraba también la nulidad de la Escritura Pública mencionada. Indica también que al considerar las pruebas esenciales en la Sentencia no se habría considerado todas las pruebas aportadas, vulnerando el mandato constitucional de la igualdad de pruebas ante la ley
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que, el demandado ahora recurrente plantea Recurso de Casación en el fondo indicando que el Auto de Vista minimiza los agravios expuestos en su recurso de apelación, indicando que no se dio todo el valor legal a la prueba presentada y que existe contradicción porque habiendo valorado su título de propiedad y la prueba literal presentada, estaba subsumiendo la validez de la Escritura Pública Nro. 37/85 de 27 de abril de 1985, y que está involucraba también la nulidad de la Escritura Pública mencionada. Indica también que al considerar las pruebas esenciales en la Sentencia no se habría considerado todas las pruebas aportadas, vulnerando el mandato constitucional de la igualdad de pruebas ante la ley
- Auto Supremo: 444/2012
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esta Resolución de primera instancia el demandado Luís Enrique Soria Jáuregui plantea recurso de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Manifiesta que existe una franca violación del art
- Acusa que el Tribunal Ad quem no se refiere a los agravios respecto a la
- Indica que el proceso de usucapión que el recurrente activó nunca fue un proceso doloso
- Concluye pidiendo respecto a su recurso de casación en el fondo que se case el
- Que, en el caso de Autos el recurrente plantea el recurso de casación en el
- Igualmente precisó que la Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley
- En el caso que nos ocupa el recurrente no cumple con lo establecido en el
- En el caso que nos ocupa la demandante cuenta con título de propiedad adquirido a
- Al respecto indicar que el Art 1451 del Código Civil, al referirse a la cosa
- En ese mismo sentido habrá que considerar lo dispuesto por el art
- Éste Tribunal considera oportuno puntualizar que la presente litis debió resolverse en base al análisis
- Finalmente respecto a la aparente infracción del art
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos y aclarando los fundamentos de la resolución adoptada
- por Luís Enrique Soria Jauregui. Con costas
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán
