Auto Supremo AS/0409/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2012

Fecha: 19-Dic-2012

Que, la garantía del fuero sindical de la que gozan los trabajadores por su condición


Que, la garantía del fuero sindical de la que gozan los trabajadores por su condición representativa gremial tiene una finalidad de estabilidad laboral y sobre todo para que no se modifiquen las condiciones del contrato con motivo de su actividad, tendiendo sobretodo a resguardar el libre derecho de agremiación. La estabilidad laboral ciertamente otorga el derecho al afectado a demandar judicialmente la reincorporación a su fuente de trabajo, el restablecimiento de sus condiciones laborales y los salarios no percibidos durante la vigencia del mandato, inclusive tres meses después de finalizadas sus funciones sindicales, salvo que hubiere un proceso previo de desafuero, así se encuentra legislado en el artículo 159 de la Constitución Política del Estado (1967), concordante con el artículo 51 del texto Constitucional vigente, como ya fuera señalado ut supra; en el Decreto Ley Nº 38 de 7 de febrero de 1944 y en la Resolución Ministerial Nº 119/88 de 31 de mayo de 1988. Sin embargo, no es menos cierto que para el ejercicio de tales derechos, previamente debe cumplirse con los requisitos legales establecidos en el artículo 99 de la Ley General del Trabajo y artículo 124 de su Reglamento, obteniendo el reconocimiento de personalidad jurídica (existencia legal), a través de la norma administrativa correspondiente