Error de Hecho y de Derecho en la apreciación de la prueba: Indica que cumplió
Error de Hecho y de Derecho en la apreciación de la prueba: Indica que cumplió con cabalidad la carga de prueba, que con la misma hubiese desvirtuado por completo la demanda principal que los testigos que se han presentado en obrados han corroborado que él es solo un trabajador del taller de chapa y pintura que es de propiedad de Lino Humana y que se encuentra en su propiedad desde ya hace varios años atrás, que él solo tiene sus herramientas en la propiedad objeto de la litis, que no tiene ninguna relación con los demandantes, que en la inspección judicial practica por el juez A quo demostró todo lo indicado y que solo es un trabajador del taller
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurso de casación Lino Humana
- Indicó que al declarar improbada la excepción de falta de acción y derecho vulnera la
- Acusó, que el Tribunal de apelación baso su decisión sólo con lo que sostiene CADEPIA,
- Error de hecho y de derecho en la apreciación y valoración de la prueba: Acuso
- Termino su recurso solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia pronuncie Auto Supremo Casando totalmente
- Recurso de casación de Ceferino Segovia Díaz
- Error de Hecho y de Derecho en la apreciación de la prueba: Indica que cumplió
- Termina solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto Supremo Case el Auto de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Con relación a la reivindicación la extinta Corte Suprema de Justicia con la cual se
- En la sub lite, se evidencia con prueba documental y testifical que los demandantes son
- Respecto a la nulidad del contrato de individualización y entrega del lote de terreno objeto
- En relación de la nulidad del interdicto de adquirir la posesión pretendido por el demandado
- Por último con relación al recurso de casación presentado por Ceferino Segovia Díaz, codemandado, indicó
- Por consiguiente, en virtud a lo indicado Ceferino Segovia Díaz no tendría por que ser
- No obstante aquello corresponde señalar si Ceferino Segovia Díaz es trabajador de Lino Humana, este
- Consiguientemente resulta evidente el agravio, solo respecto a su condición de trabajador en virtud del
- Empero éste debe tener en cuenta que si bien no le asiste el derecho ni
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
