Auto Supremo AS/0098/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2012

Fecha: 26-Abr-2012

Indicó que al declarar improbada la excepción de falta de acción y derecho vulnera la

Indicó que al declarar improbada la excepción de falta de acción y derecho vulnera la tenencia por mas de 21 años del terreno y que su persona nunca despojó ni desposesionó a nadie y que los demandantes junto con CADEPIA suscribieron un documento falso y que en la demanda no se ha valorado la nulidad que previene el art. 549 del Código Civil en sus diferentes incisos y el Tribunal A quem ha vulnerado el art. 489 (Causa Licita), 490 (Motivo Licito), 551 (Personas que pueden demandar la nulidad) todos del Código Civil, vulnerando así sus derechos que tenía sobre el bien inmueble é hizo referencia al interdicto de posesión que fue realizado sin conocimiento del demandado y que este proceso de interdicto sería nulo y que al realizarse sin su conocimiento le ha causado indefensión y esta infracción se encuentra respaldada por el Tribunal Constitucional en sus diferentes Sentencias que amparan a la indefensión