Auto Supremo AS/0119/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2012

Fecha: 07-May-2012

Posteriormente, de acuerdo al formulario 460 INT de fs

Posteriormente, de acuerdo al formulario 460 INT de fs. 26, emitido el 11 de enero de 2002, el SENASIR observó la falta del certificado de nacimiento y la fotocopia legalizada del carnet de identidad, ratificando esa observación a fs. 29 y 47. Luego, la Comisión de Calificación de Rentas con Resolución Nº 005853 de 26 de julio de 2006 (fs. 48-49), resolvió desestimar la renta única de vejez y el pago global a favor del asegurado, con el argumento que el interesado no adjuntó su certificado de nacimiento y el certificado de su cédula de identidad. A raíz de esta resolución, mediante nota de 3 de octubre de 2006, el rentista adjuntando los documentos referidos, interpuso recurso de reclamación