Auto Supremo AS/0137/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2012

Fecha: 11-May-2012

Efectuado el análisis precedente se concluye, entonces que contrastadas las normas cuya constitucionalidad se cuestiona

Efectuado el análisis precedente se concluye, entonces que contrastadas las normas cuya constitucionalidad se cuestiona con las normas constitucionales contenidas en los artículos 9, 24, 115, 116, 117, 119, 120, 178, 179, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado, relativos a la presunción de inocencia, seguridad jurídica, debido proceso en su elemento del juez natural e imparcial, recurribilidad e impugnación, inviolabilidad de la defensa, así como justicia material, no existe en los argumentos del accionante, fundamento alguno que genere duda razonable que justifique promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad previsto por el artículo 109 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, motivo por el que corresponde desestimar la acción planteada por incumplimiento de las formalidades esenciales previstas por los numerales 1) y 3) del artículo 110 de la Ley Nº 027