Auto Supremo AS/0137/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2012

Fecha: 11-May-2012

IV

IV. Con relación al trabajo de auditoría efectuado por las unidades encargadas del control externo posterior, resulta claro que siendo la finalidad el control de la administración de las entidades públicas y de aquellas en las que el Estado tenga participación o interés económico, los auditores revisan registros contables y la documentación que los respalda, motivo por el cual en ese primer momento, no existe identificación de "involucrados" y es a la conclusión de ese trabajo en caso de existir indicios de responsabilidad civil; es decir, de daño patrimonial al Estado, que se identifican las personas, sean servidores públicos o particulares, que presuntamente son responsables, motivo por el cual, se impone el cumplimiento de los artículos 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General, convocándose a los involucrados a un procedimiento de aclaración que es mutuo, pues éstos pueden solicitar también, una reunión para que se les expliquen temas específicos y finalmente, para que presentes aclaraciones y justificativos, sin que exista prohibición o restricción a que puedan asumir defensa asistidos por un abogado por lo que no existe la aludida indefensión