Auto Supremo AS/0132/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2012

Fecha: 04-Jun-2012

En ese sentido corresponde analizar si las partes acordaron algo respecto a los efectos de

En ese sentido corresponde analizar si las partes acordaron algo respecto a los efectos de la terminación del contrato por resolución, al respecto la cláusula 19.2.4., en la parte sobresaliente señala que "cuando la resolución sea por causales imputables al proveedor, se consolide a favor del comprador la garantía de cumplimiento de contrato y la de correcta inversión de anticipo. El comprador procederá a establecer los montos reembolsables al proveedor por concepto de adquisición satisfactoriamente efectuada. Con base en la liquidación final y, establecidos los saldos a favor o en contra cuando corresponda se hará efectiva la ejecución y cobro de la Póliza de Garantía de cumplimiento de contrato de suministros para entidades Públicas"