Auto Supremo AS/0152/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2012

Fecha: 20-Jun-2012

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4. En el punto VII del memorial del recurso, escuetamente expuso la vulneración del art. 342 parágrafo tercero de la Ley 1970 señalando que el Tribunal de Sentencia de Llallagua judicializó un dictamen pericial documental de oficio sin que la Sala Penal Primera revise que prueba se encontraba ofrecida.
5. Finalmente en los puntos VIII y IX, afirmó que no se señaló los momentos de consumación de cada tipo penal ni cual es la prueba que determinó la existencia del objeto material del delito atentando contra el principio de legalidad recogido en la SC. Nro. 0010/2010-R y 401/ 2010-R