Auto Supremo AS/0178/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2012

Fecha: 12-Jun-2012

Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los artículos 271

Consecuentemente, conforme lo expuesto corresponde dar aplicación a los artículos 271. 4 y 274 del Código Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el artículo 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social