Auto Supremo AS/0178/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2012

Fecha: 12-Jun-2012

Por otra parte, en cuanto que las pruebas aportadas no fueron valoradas, el recurrente reclama

Por otra parte, en cuanto que las pruebas aportadas no fueron valoradas, el recurrente reclama dicho extremo de manera general, sin señalar de manera precisa a que pruebas se refiere, o su folio dentro del expediente, sin establecer si en la apreciación de dichas pruebas se habría incurrido en error de hecho o de derecho, impidiendo por lo tanto que este Tribunal Supremo aperture su competencia y se pronuncie al respecto conforme al artículo 258. 2) del Código de Procedimiento Civil