Auto Supremo AS/0171/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2012

Fecha: 24-Jul-2012

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el



POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista de 12 de marzo de 2012, cursante de fs. 601 a 605 vta. de obrados y determina que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal aplicable. Para fines del art. 420 del CPP; remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes hagan conocer la presente Resolución, a los Tribunales y Jueces en materia Penal