Auto Supremo AS/0302/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2012

Fecha: 19-Sep-2012

Al respecto el art


Al respecto el art. 296 del citado cuerpo procesal expresa: "el Recurso de nulidad o casación procederá (1) en los casos de inobservancia o quebrantamiento de las formas procesales prescritas bajo pena de nulidad, para la tramitación de la causa o para la expedición del fallo y (2) en los casos de violación de ley sustantiva en la decisión de la causa", señalándose a través del art. 298 que "constituyen causales de casación: (1) Infracción directa. La violación de leyes sustantivas, por no haberse aplicado correctamente sus preceptos; (2) Aplicación indebida. La violación de leyes sustantivas, por haberse aplicado sus preceptos a hechos no regulados por aquellas; (3) Interpretación errónea. La violación de leyes sustantivas por haberse interpretado erróneamente sus preceptos; (4) Infracción de ley sustantiva. La infracción de la ley sustantiva penal en la calificación de los hechos reconocidos en la sentencia, o en la imposición de la sanción a los hechos calificados."