Auto Supremo AS/0269/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2013-RRC

Fecha: 17-Oct-2013

…que el delito de Daño Calificado, tiene como presupuesto fundamental el de agravar la pena


…que el delito de Daño Calificado, tiene como presupuesto fundamental el de agravar la pena de quienes incurran en este tipo penal, esto en consideración del objeto que se logre dañar, que tiene la cualidad de ser de interés social y público (…) se incurre en el tipo penal cuando el daño recae en cosas de valor artístico, arqueológico, científico, histórico, religioso, militar o económico, en este debe tenerse presente, que todos los objetos descritos representan un interés nacional, por ser parte de nuestra historia, cultura, tradición, religión y seguridad nacional, que obviamente tienen un valor superior a las cosas comunes”. (Las negrillas no se encuentran en el texto original). Llegando a establecer la siguiente doctrina legal aplicable: “Constituyendo un derecho fundamental el ‘derecho de impugnación’, conforme garantiza el 180.II de la CPE que coincide con art. 8.2 inc. h) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; los Tribunales de Alzada que conozcan recursos de apelación restringida, velando por el cumplimiento de los principios de legalidad y tutela judicial efectiva, tienen el deber de realizar la labor de control del desarrollo del proceso, revisando que el mismo se haya desplegado sin la concurrencia de vicios que vulneren derechos y garantías constitucionales, que según el art. 169.3 del CPP constituyen defectos absolutos que no son susceptibles de convalidación; empero, estos tienen que ser denunciados al interior del proceso”