…que el delito de Daño Calificado, tiene como presupuesto fundamental el de agravar la pena
…que el delito de Daño Calificado, tiene como presupuesto fundamental el de agravar la pena de quienes incurran en este tipo penal, esto en consideración del objeto que se logre dañar, que tiene la cualidad de ser de interés social y público (…) se incurre en el tipo penal cuando el daño recae en cosas de valor artístico, arqueológico, científico, histórico, religioso, militar o económico, en este debe tenerse presente, que todos los objetos descritos representan un interés nacional, por ser parte de nuestra historia, cultura, tradición, religión y seguridad nacional, que obviamente tienen un valor superior a las cosas comunes”. (Las negrillas no se encuentran en el texto original). Llegando a establecer la siguiente doctrina legal aplicable: “Constituyendo un derecho fundamental el ‘derecho de impugnación’, conforme garantiza el 180.II de la CPE que coincide con art. 8.2 inc. h) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; los Tribunales de Alzada que conozcan recursos de apelación restringida, velando por el cumplimiento de los principios de legalidad y tutela judicial efectiva, tienen el deber de realizar la labor de control del desarrollo del proceso, revisando que el mismo se haya desplegado sin la concurrencia de vicios que vulneren derechos y garantías constitucionales, que según el art. 169.3 del CPP constituyen defectos absolutos que no son susceptibles de convalidación; empero, estos tienen que ser denunciados al interior del proceso”
- El memorial presentado por Sergio Alonso Campero Marín, cursante de fs
- a)Por Sentencia 20/2012 de 31 de octubre (fs
- Por el único motivo admitido para su análisis de fondo, mediante el Auto Supremo 232/2013-RA
- Afirma que, no podía condenársele por el delito de Daño Calificado, previsto y sancionado por
- El requerimiento acusatorio prosigue señalando: “De retorno, a la ciudad de La Paz, y tras
- II.2 Sentencia
- En la parte in fine del inc
- En el inc
- En la parte resolutiva, se declara a Sergio Alonso Campero Marín: “AUTOR de la comisión
- II.3 Recurso de apelación
- El imputado al fundar el recurso de apelación restringida en el art
- II.4 Auto de Vista
- El Tribunal de alzada, en el segundo párrafo del CONSIDERANDO II del Auto de Vista
- El recurrente enfatiza su denuncia precisando que la Sentencia contiene el defecto previsto por el
- III.1. El precedente contradictorio
- El entendimiento asumido en el Auto Supremo invocado, emerge ante la denuncia que se realizó
- …que el delito de Daño Calificado, tiene como presupuesto fundamental el de agravar la pena
- El precedente descrito, establece la obligación que tienen los Jueces y Tribunales de Sentencia, respetando
- Por otra parte, a fin de resolver el presente recurso, es necesario precisar que del
- III.2. Análisis del caso concreto
- Esta respuesta, demuestra que el Tribunal de alzada, no cumplió con la labor de control
- Respecto a los Autos Supremos 54 de 28 de enero y 401 de 18 de
- Por último, cabe recordar al Tribunal de alzada, que en observancia del principio constitucional de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
