Auto Supremo AS/0533/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2013

Fecha: 21-Oct-2013

Cuando cita la Sentencia Constitucional Nº 1644/2004 de 11 de octubre, no existe vinculación alguna

Cuando cita la Sentencia Constitucional Nº 1644/2004 de 11 de octubre, no existe vinculación alguna con el recurso planteado en el fondo, que por demás esta decirlo, refiere al análisis de nulidad procesal, no de razonamiento de fondo, lo propio sucede con la jurisprudencia citada emanada del Tribunal Supremo de Justicia, pues las mismas están referidas a la posibilidad de accionar en la vía coactiva fiscal con ocasión de los actos de los servidores públicos de los distintos entes de derecho público o de las personas naturales o jurídicas privadas que hayan suscrito contratos administrativos con el Estado bajo las condiciones establecidas por el art. 31 de la Ley 1178, situación que nada de relación tiene con lo discutido en el caso presente, no existiendo en el tenor del recurso formulado, explicación de cual la vinculación que tuviera con el caso sumando a ello que la entidad recurrente en ningún momento ha puesto como tema de discusión la improcedencia de pago, sino simplemente de manera confusa y reiterada sobre la presunta incompetencia de los juzgadores. Bajo esos antecedentes, ante el incumplimiento de lo determinado por el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal se ve impedido de aperturar su competencia para ingresar a un análisis de fondo al no existir agravio alguno expresado con respecto a ello