Auto Supremo AS/0533/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2013

Fecha: 21-Oct-2013

En relación a lo reclamado como violación al derecho y garantía del debido proceso en

Cuando el recurso de casación alega que se basa en el art. 253 num. 1) del Código de Procedimiento Civil, es preciso que el recurrente en sujeción a lo previsto por el art. 258 num. 2) de la norma Procesal Cvil, demuestre la violación expresa de la ley, la mala o errónea interpretación de la misma, así como una aplicación indebida de la ley, aspecto no cumplido en el caso presente pues no existe un solo cuestionamiento que sea demostrativo de aquella denuncia, sino los argumentos van dirigidos a cuestiones de forma que ya fueron reclamados en el recurso de casación en la forma y absueltos de manera pertinente.
En relación a lo reclamado como violación al derecho y garantía del debido proceso en la forma y el fondo, la entidad recurrente desconoce la esencia y diferenciación de estos recursos, pues pretende hibridar tanto aspectos de forma como de fondo al mismo tiempo, cuando como se ha referido al comienzo de la respuesta al recurso son aspectos absolutamente diferentes, que no fue comprendido a cabalidad por la entidad recurrente, pues se anuncia casación en el fondo y desarrolla como recurso de casación en la forma, incluyendo el petitorio de anular obrados cuando en casación en el fondo ello no es posible