Que, contra el referido Auto de Vista,
Que, contra el referido Auto de Vista, Armando William Torres Arandia en calidad de representante legal de la entidad demandada, interpuso Recurso de Casación, fs. 158 a 163 y vta., en el que expresa los siguientes argumentos:
Acusa que el Auto de Vista incurre en error de derecho en el análisis de la confesión provocada, toda vez que al haberle concedido a la actora el pago de desahucio ha desconocido el valor probatorio que le asigna el art. 167 del Código Procesal del Trabajo a la Confesión Judicial, cuando la propia actora indico que en fecha 26 de diciembre no le dejaron trabajar por órdenes de Gerencia porque su contrato se cumplió. Es decir que la actora jamás hizo mención a ningún despido intempestivo e injustificado, por lo que extraña se haya llegado a la desacertada conclusión de que la desvinculación obrero patronal se debió a un despido, sino al vencimiento del plazo del segundo contrato de trabajo a plazo fijo
Acusa que el Auto de Vista incurre en error de derecho en el análisis de la confesión provocada, toda vez que al haberle concedido a la actora el pago de desahucio ha desconocido el valor probatorio que le asigna el art. 167 del Código Procesal del Trabajo a la Confesión Judicial, cuando la propia actora indico que en fecha 26 de diciembre no le dejaron trabajar por órdenes de Gerencia porque su contrato se cumplió. Es decir que la actora jamás hizo mención a ningún despido intempestivo e injustificado, por lo que extraña se haya llegado a la desacertada conclusión de que la desvinculación obrero patronal se debió a un despido, sino al vencimiento del plazo del segundo contrato de trabajo a plazo fijo
- Partes : Fluvia Edith Veliz Canedo c/ Automovil
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el presente proceso
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Alega error de derecho en la valoración
- Aduce error de hecho en lo que
- Aduce la violación de la primera parte
- Refiere la aplicación indebida del segundo Parág
- Acusa la aplicación indebida del art
- Acusa la errónea interpretación de los fines
- Concluye su memorial de Recurso solicitando a
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los fundamentos
- En este contexto, resulta no ser evidente
- De igual manera el art
- Con relación a la violación de la
- Complementado lo expresado, el Derecho Laboral, se
- En ese contexto, se deduce al igual
- Finalmente, es necesario precisar que al ser
- En mérito a lo fundamentado precedentemente, se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 075/2013
