Auto Supremo AS/0127/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2013

Fecha: 02-Dic-2013

En cumplimiento del Auto Supremo señalado en el párrafo anterior, la Sala Social y Administrativa

En cumplimiento del Auto Supremo señalado en el párrafo anterior, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista Nº 201/2011 de 31 de mayo de 2011, por el que REVOCÓ en parte las Resoluciones Nº 0004078 de Calificación de Renta y Nº 480/07 emitida por la Comisión de Reclamación del SENASIR, ordenando calificar y reconocer a favor de Nelly Pinto Elías, Renta Complementaria de Vejez con reducción de edad, en base a 184 cotizaciones y sea a partir de diciembre de 1998, recálculo de la Renta Básica de Vejez considerándose 214 aportaciones a partir de diciembre de 1998, para posteriormente fusionarse como Renta Única de Vejez con reducción de edad, tomando en cuenta como fecha de nacimiento el 28 de marzo de 1948, debiendo devolverse los descuentos del Pago de Renta Anticipada (PRA) por los meses de mayo y junio de 2006, por no haberse demostrado en el proceso que la interesada haya cobrado dichas prestaciones. Sin costas, en aplicación de la Ley Nº 1178