Auto Supremo AS/0127/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2013

Fecha: 02-Dic-2013

En relación con lo anterior, debe tenerse presente que la administración se encuentra al servicio

En relación con lo anterior, debe tenerse presente que la administración se encuentra al servicio del ciudadano o administrado y que en el caso específico de la calificación de rentas, no se trata de una concesión o del reconocimiento graciable a favor del rentista, sino del cumplimiento de un deber por parte del SENASIR y de la exigencia de un derecho por la asegurada, que se generó a lo largo de años de aportes efectuados al sistema, quien por otra parte no tiene responsabilidad en cuanto a la exigencia o custodia y preservación de la documentación que acredite la retención de aportes por el empleador y su traspaso a la entidad competente