2) Enfatizando previamente que durante el juicio se aplicó de manera correcta la
2) Enfatizando previamente que durante el juicio se aplicó de manera correcta la norma legal, por cuanto la sentencia observando y respetando los preceptos legales lo absolvió de culpa y pena, con base a la interpretación y valoración conjunta y armónica de todos los elementos de prueba de cargo y descargo, que son descritos detalladamente en el memorial de recurso, el recurrente, bajo el título “HECHOS CONCRETOS GENERADOS DEL RECURSO POR ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY” (sic); señala que, en el recurso de apelación restringida debió especificarse las normas violadas y/o erróneamente aplicadas y cuál la aplicación pretendida, además de indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos e invocar el precedente, requisitos que, al no ser cumplidos debió declararse inadmisible el recurso; pero, señala el Tribunal de alzada, vulnerando los arts. 124, 130, 169, 171, 172, 363, 407 y 408 del CPP, se excedió al admitir y declarar procedente el recurso, con el argumento que, no se hubiera realizado una correcta valoración de la prueba, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales
- Los memoriales presentados por Leonardo Montenegro Flores (fs
- De los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la citada Sentencia, Silvia Noelia Caballero Osinaga, presentó recurso de apelación restringida (fs
- c)Contra el Auto de Vista 61 de 5 de agosto, los imputados presentaron recursos de
- II.1. Recurso de casación de Leonardo Montenegro Flores
- 1) Previa referencia a que el Ministerio Público y la parte civil,
- 2) Enfatizando previamente que durante el juicio se aplicó de manera correcta la
- En un “OTROSI”, cita los Autos Supremos 384 de 26 de septiembre de 2005; 554
- grado de participación o el grado de autoría de cada uno de los partícipes; para
- 2) El segundo motivo descrito en el acápite II
- 3) El tercer motivo denominado “Falta de fundamentación del auto de vista
- Pide se declare: “…ADMISIBLE y PROCEDENTE EL RECURSO DE CASACIÓN revocando el auto de vista
- 1) En el primer motivo, desarrollado en el parágrafo II
- En el apartado denominado: “DURANTE LA SUSTANCIACIÓN DEL JUICIO SE APLICÓ DE MANERA CORRECTA LA
- Finaliza con el acápite IV “INTERPRETACIÓN Y VALORACION CONJUNTA Y ARMONICA REALIZADA POR EL TRIBUNAL
- de los hechos y la culpabilidad de mi persona como acusado”(sic), donde señala que, el
- En el apartado “VIII
- Finalmente en el motivo denominado “inobservancia de la Ley Penal Sustantiva”, refiere que: “Por otro
- Con ese antecedente, pide se declare la contradicción del Auto de Vista impugnado, dejando sin
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- IV.1. Del recurso de casación de Leonardo Montenegro Flores
- En estas condiciones no corresponde ingresar a analizar el pretendido recurso de casación, pues ello
- IV.2. Del recurso de Junior Andrés Castellón Gonzales
- En similar situación que el anterior recurso, se encuentra el formulado por el imputado Junior
- Esta conclusión emerge de la revisión de los tres motivos denominados: “Revalorización ilegal de la
- estableciendo la culpabilidad de los encausados, violentando principios y garantías fundamentales
- En el tercer motivo, el recurrente identifica tres temáticas: La primera referida a la “Revalorización
- Por último, se deja constancia que el Auto Supremo 437 de 15 de octubre de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
