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    Auto Supremo AS/0316/2013-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0316/2013-RA

    Fecha: 05-Dic-2013

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    • Por memoriales cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • El recurrente plantea en concreto los siguientes motivos
    • En la misma línea, en el acápite 5) del recurso, el recurrente reclama también revalorización,
    • Invocando sobre éstos reclamos los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 722
    • 2)Por otra parte reclama, que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre algunos puntos
    • Añade que como persona, también tiene derecho a ser considerado inocente y que no siempre
    • Respecto a la invocación de precedentes contradictorios, en el acápite 6) de su recurso, el
    • Como argumento adicional, también señala en el recurso, que el sistema procesal penal no admite
    • Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en
    • Con esos argumentos, en definitiva solicita la admisión del recurso, se deje sin efecto el
    • En este recurso, se identifican los siguientes motivos
    • Continúa señalando, que el Tribunal de apelación no consideró los argumentos y dio una certificación
    • 2)Reclama también, como segundo motivo: “FALTA DE FUNDAMENTACIÓN EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
    • Respecto al precedente contradictorio, refiere que el Tribunal de apelación, no consideró la exigencia legal
    • 3)En su tercer motivo, denuncia: “VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN LA SENTENCIA
    • Respecto al precedente contradictorio, refiere que la doctrina legal establece que no constituye fundamentación, la
    • En conclusión señala, que corresponde aplicar los efectos en los casos de defectos absolutos conforme
    • Con esos argumentos, solicita la admisión de su recurso, se deje sin efecto el Auto
    • El art
    • Dicho esto, también conviene recordar que el art
    • iii)Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida,
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que los recursos
    • Así, de la revisión de los recursos y los motivos que contienen, se establece lo
    • Las omisiones advertidas, no pueden ser suplidas de oficio, impidiendo que este Tribunal pueda establecer
    • Por otra parte, si bien el recurrente, al finalizar la exposición de los argumentos de
    • En relación al recurso de casación presentado por el nombrado recurrente, se han identificado tres
    • Finalmente, el recurrente también hace alusión a que la Sentencia estaría “incongruentemente y deficientemente redactada”
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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