En este recurso, se identifican los siguientes motivos
II.2.Recurso de casación de Roberto Arancibia Cáceres
En este recurso, se identifican los siguientes motivos:
1)En primer término, el recurrente denuncia: “INDEBIDA CONVALIDACIÓN A DEFECTUOSA VALORACIÓN DE LA PRUEBA DE SENTENCIA APELADA.” (sic), pues considera que el Auto de Vista recurrido ha ratificado los agravios expuestos en el recurso de apelación, en contradicción a las reglas de fundamentación de toda Sentencia y en especial respecto a la valoración de la prueba, distorsionando el principio de oralidad y principio de inmediación; por este motivo, reclama que la Sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados y valoración defectuosa de la prueba, extremos que serían deducibles del acta y de la propia redacción de dicha resolución judicial, concluyendo que en la Sentencia se ha valorado defectuosamente la prueba, sin considerar el principio rector del in dubio pro reo, habiéndose presumido su culpabilidad con la sola transcripción repetitiva de la acusación, sin una correcta valoración íntegra y apreciación conjunta de toda la prueba de descargo esencial producida, ingresando en el defecto de Sentencia previsto por el art. 360 inc. 6) y 173 del CPP, sobre las normas generales de valoración
- Por memoriales cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El recurrente plantea en concreto los siguientes motivos
- En la misma línea, en el acápite 5) del recurso, el recurrente reclama también revalorización,
- Invocando sobre éstos reclamos los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 722
- 2)Por otra parte reclama, que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre algunos puntos
- Añade que como persona, también tiene derecho a ser considerado inocente y que no siempre
- Respecto a la invocación de precedentes contradictorios, en el acápite 6) de su recurso, el
- Como argumento adicional, también señala en el recurso, que el sistema procesal penal no admite
- Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en
- Con esos argumentos, en definitiva solicita la admisión del recurso, se deje sin efecto el
- En este recurso, se identifican los siguientes motivos
- Continúa señalando, que el Tribunal de apelación no consideró los argumentos y dio una certificación
- 2)Reclama también, como segundo motivo: “FALTA DE FUNDAMENTACIÓN EN LA DETERMINACIÓN DE LA PENA
- Respecto al precedente contradictorio, refiere que el Tribunal de apelación, no consideró la exigencia legal
- 3)En su tercer motivo, denuncia: “VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN LA SENTENCIA
- Respecto al precedente contradictorio, refiere que la doctrina legal establece que no constituye fundamentación, la
- En conclusión señala, que corresponde aplicar los efectos en los casos de defectos absolutos conforme
- Con esos argumentos, solicita la admisión de su recurso, se deje sin efecto el Auto
- El art
- Dicho esto, también conviene recordar que el art
- iii)Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida,
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que los recursos
- Así, de la revisión de los recursos y los motivos que contienen, se establece lo
- Las omisiones advertidas, no pueden ser suplidas de oficio, impidiendo que este Tribunal pueda establecer
- Por otra parte, si bien el recurrente, al finalizar la exposición de los argumentos de
- En relación al recurso de casación presentado por el nombrado recurrente, se han identificado tres
- Finalmente, el recurrente también hace alusión a que la Sentencia estaría “incongruentemente y deficientemente redactada”
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
