Auto Supremo AS/0316/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2013-RA

Fecha: 05-Dic-2013

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Omisiones que derivan en que éste Tribunal no pueda ingresar al examen de los fundamentos referidos por el recurrente, por lo que el presente deviene en inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 785 a 791, formulado por Roberto Arancibia Cáceres; y ADMISIBLE el recurso de casación cursante a fs. 723 a 725 vta., interpuesto por Luis Fernando Claure Justiniano, únicamente respecto al segundo motivo; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista 10/2012 de 12 de noviembre y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase