Auto Supremo AS/0316/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2013-RA

Fecha: 05-Dic-2013

Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en


Señala también, en el acápite intitulado: “OPORTUNIDAD EXCEPCIONAL DE INTERPONER EL PRECEDENTE CONTRADICTORIO” (sic), que conforme lo establecido por la Sentencia Constitucional 1401/03 y Autos Supremos, se pueden presentar nuevos precedentes contradictorios que surjan después de la interposición de la apelación restringida, mismos que son invocados al presente y que pide sean considerados y analizados en el fondo.

Finalmente, manifiesta que la línea doctrinal sentada por el máximo Tribunal de Justicia, va en el sentido de declarar la admisibilidad del recurso de casación, cuando exista evidencia de violaciones flagrantes al debido proceso, concurriendo en el caso defectos absolutos insubsanables en el auto recurrido, como determinan los arts. 169 y 370 del CPP, motivo por el cual el Tribunal Supremo de oficio debe ingresar al fondo del recurso, para enmendar dichos actos y reencaminar el debido proceso