Por memoriales presentados el 13 de septiembre y 29 de octubre, ambos de 2013, cursante
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 333/2013-RA
Sucre, 17 de diciembre de 2013
Expediente : La Paz 54/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Fabiola Betancourt Sejas
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 13 de septiembre y 29 de octubre, ambos de 2013, cursante de fs. 1658 a 1673 y 1691 a 1697 vta., Fabiola Betancourt Sejas y Jaime Daniel Enríquez Tordoya en representación de Bertha Vargas Lima, Wilfredo Vargas Lima y Carmelo Álvaro Vargas Lima, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 54/2013 de 19 de julio, de fs. 1643 a 1649 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Bertha Vargas Lima de Cortez y otros contra Fabiola Betancourt Sejas, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1), 2) y 3) del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 333/2013-RA
Sucre, 17 de diciembre de 2013
Expediente : La Paz 54/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Fabiola Betancourt Sejas
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 13 de septiembre y 29 de octubre, ambos de 2013, cursante de fs. 1658 a 1673 y 1691 a 1697 vta., Fabiola Betancourt Sejas y Jaime Daniel Enríquez Tordoya en representación de Bertha Vargas Lima, Wilfredo Vargas Lima y Carmelo Álvaro Vargas Lima, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 54/2013 de 19 de julio, de fs. 1643 a 1649 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Bertha Vargas Lima de Cortez y otros contra Fabiola Betancourt Sejas, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1), 2) y 3) del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 13 de septiembre y 29 de octubre, ambos de 2013, cursante
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Jaime Daniel Enríquez Tordoya (fs
- c)Con el referido Auto de Vista, los recurrentes Fabiola Betancourt Sejas y Jaime Daniel Enríquez,
- Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que Sala Penal Segunda al dictar el
- Afirma que al no aplicarse correctamente el art
- II.2. Recurso interpuesto por Jaime Daniel Enríquez Tordoya
- Afirma que el Auto de Vista al analizar y valorar la Sentencia recurrida incurre en
- ii)Incongruencia de la modificación del tipo penal; el Auto de Vista ante la evidencia de
- iv)Inexistencia de especificidad, claridad, legitimidad y logicidad; la recurrente señala que el Auto de Vista
- El art
- Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando
- 3) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, los recurrentes han observado el plazo para la interposición del
- Con relación al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad se tiene que
- ii)Incongruencia de la modificación del tipo penal, el Auto de Vista ante la existencia de
- En el caso de los agravios precedentes, se evidencia que el recurrente cumplió con su
- iii)Violaciones, legalidad, tipicidad e interdicción de la analogía; citando al efecto los Autos Supremos 221
- En el presente el agravio, se constata que la parte recurrente no ha procedido a
- En cuanto a este agravio, se evidencia que la recurrente por una parte, reclama la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
