Auto Supremo AS/0333/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2013-RA

Fecha: 17-Dic-2013

Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que Sala Penal Segunda al dictar el


II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

De los memoriales de fs. 1658 a 1673 y 1691 a 1697 vta., respectivamente, se establecen los siguientes motivos de los recursos:
II.1. Recurso formulado por Fabiola Betancourt Sejas.

Previa referencia a los antecedentes, la recurrente denuncia que Sala Penal Segunda al dictar el Auto de Vista impugnado, actuó de manera contradictoria a lo establecido en el precedente contenido en el Auto Supremo 5/2007, al pronunciar un fallo carente de fundamentación, que no resolvió todas las cuestiones objeto de la apelación restringida; asimismo, no observó el principio de prohibición de actividad procesal defectuosa, pues a haber generado las condiciones de procedibilidad de la apelación restringida respecto a la actividad procesal relativa, cumpliendo las exigencias del art. 407 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Tribunal de alzada omitió resolverlas. Agrega que si ese Tribunal asumió que se violó el principio de continuidad del juicio oral, verificando la existencia de mora procesal de responsabilidad del Tribunal de juicio, debió resolver favorablemente la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso pero no se pronunció, graficó su afirmación realizando un detalle de las audiencias suspendidas, diferenciando entre suspensiones justificadas y no justificadas