De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia de 18 de mayo de 2010 (fs. 354 a 361 vta.), el Tribunal de Sentencia de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, declaró al imputado Lucas Alejo Suyo, autor de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado en el art. 270 inc. 4) del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años y seis meses, y lo absolvió del delito de Tentativa de Homicidio, previsto y sancionado en el art. 252 con relación al art. 8 ambos del CP; asimismo, absolvió de culpa y pena a los imputados Máximo Alejo Condori, Roberta Suyo Condori de Alejo, Paulina Alejo Suyo y Plácido Farfán, de los cargos de Complicidad en los delitos señalados; finalmente, declaró a René Sánchez Farfán, autor y culpable del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el art 271 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de seis meses de reclusión, en consecuencia le concedió el beneficio del perdón judicial.
b) La referida Sentencia fue objeto de apelación por parte del imputado Lucas Alejo Suyo (fs. 365 a 376) y el querellante René Sánchez Farfán (fs. 386 a 387), dichos recursos merecieron el pronunciamiento del Auto de Vista 45/2013 de 23 de septiembre (fs. 442 a 445), que declaró sin lugar ambos recursos y confirmó en su integridad la Sentencia apelada, motivando la interposición del recurso de casación.
I.1.1. Motivos del recurso
De la atenta revisión del recurso de casación y del Auto Supremo 299/2013-RA de 18 de noviembre, se extraen como motivos para el análisis de fondo los siguientes:
1)Inicialmente, el recurrente invoca el Auto Supremo 494 de 2 de noviembre de 2003, que señala que cuando existen defectos procesales absolutos o vicios de la Sentencia, corresponde excepcionalmente la revisión de oficio
- Por memorial presentado el 28 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Señala que impugnó la Sentencia denunciando vulneración e incumplimiento del principio de tipicidad por inobservancia
- En relación al primer agravio invoca el Auto Supremo 281 de 15 de octubre de
- Con ese antecedente señala que el Auto de Vista es contradictorio al Auto Supremo 281/2012,
- Añade que, el Tribunal de Sentencia a momento de aplicar el art
- 2)Como segundo agravio, el recurrente denuncia falta de fundamentación de la Sentencia en la imposición
- Mediante Auto Supremo 299/2013-RA de 18 de noviembre, este Tribunal declaró Admisible el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- i)El imputado denunció como un primer agravio, la inobservancia y errónea aplicación de la ley
- ii)Como segundo agravio denunció vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente del derecho
- Dicho recurso, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 45/2013 de 23 de septiembre, mediante
- De los precedentes contradictorios invocados
- El recurrente, además del Auto Supremo 494 de 2 de noviembre de 2003, referido a
- Auto Supremo 281 de 15 de octubre de 2012: “Todo Auto de Vista debe ser
- jurídica e inobservancia del principio de tipicidad y falta de fundamentación de la pena, y
- En consecuencia, una vez mas se deja establecido que el Tribunal de Apelación, a momento
- En lo que respecta al Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, cabe
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la "legalidad", cumple una
- Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
- superior de un claustro; es el culpable el que tiene el verdadero derecho de decir
- El Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006 estableció la siguiente doctrina: “que
- Dicha doctrina legal, tiene como antecedente una Sentencia condenatoria por el delito de suministro de
- Este Tribunal de manera reiterada y uniforme se ha referido al deber de fundamentación de
- En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- debidamente fundamentada que comprenda una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica, lo que
- Corresponde ahora, analizar los precedentes presuntamente contradictorios y la argumentación que realiza el recurrente en
- En ese sentido, en lo que respecta a la denuncia de falta de fundamentación jurídica
- En el marco de la denuncia efectuada y en cuanto a los fundamentos jurídicos que
- El segundo agravio admitido para su análisis en el presente recurso, está referido a la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
