Auto Supremo AS/0352/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2013-RRC

Fecha: 27-Dic-2013

En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con


IV.2 Fundamentación jurídica y la facultad de control por el Tribunal de apelación

En relación al primer agravio extraído del recurso de casación, que tiene que ver con la decisión del Tribunal de alzada con el argumento de que estaba impedido de valorar prueba, de no dar curso a la denuncia de vulneración de los arts. 124 y 173 del CPP, porque en la Sentencia no existió fundamentación jurídica; corresponde recordar que esta Sala Penal Segunda, resolviendo una problemática sometida a su conocimiento en cuanto al deber de fundamentación, emitió el Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre, referido a la fundamentación de la Sentencia y específicamente en lo que respecta a la fundamentación jurídica, señaló: “…La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir de la identificación de los aspectos fácticos atribuidos en la acusación y previo análisis de las distintas posibilidades argumentativas debatidas por las partes, opta racionalmente por una de ellas, precisando por qué considera que los hechos deben ser subsumidos en tal o cual norma sustantiva; no siendo suficiente la mera enunciación del tipo o tipos penales atribuidos al imputado, sino a partir de la cita de los preceptos legales a ser aplicados y en su caso de una somera indicación de los aspectos necesarios relativos a la teoría del delito que resulten aplicables; el Juez o Tribunal deberá establecer por qué estima que se está ante una acción típica, lo que importa la concurrencia de los elementos descriptivos y normativos del tipo penal en cuestión; además, de antijurídica, culpable y finalmente sujeta a una sanción