Auto Supremo AS/0726/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2013

Fecha: 02-Dic-2013

En cuanto a la falta de fundamentación y omisión reclamada sobre por qué no sería

En cuanto a la falta de fundamentación y omisión reclamada sobre por qué no sería aplicable el artículo 134 del Código de Comercio que se invocó en la apelación en relación al documento de fs. 95 a 96; es necesario indicar, que la parte recurrente en su recurso de apelación de fs. 465 a 468, no manifestó que este artículo hubiese sido infringido en su interpretación o aplicación por la Jueza a quo, menos fundamentó de qué forma su inobservancia en la Sentencia le hubiese causado agravios, no obstante que era su obligación hacerlo en cumplimiento de lo previsto por el artículo 205 del Código Procesal del Trabajo, en relación con lo dispuesto por el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, denotándose más bien que se refirió al artículo 134 del Código de Comercio dentro la fundamentación que aludió la indebida relación laboral que se estableció en la Sentencia de fs. 448 a 456; omisiones que no permitieron al Tribunal ad quem pronunciarse sobre este aspecto, puesto que tiene la obligación de hacerlo con la pertinencia prevista en el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, es decir, respecto a los agravios que hubiesen sido objeto de apelación y llevados a su conocimiento para su resolución