Auto Supremo AS/0752/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2013

Fecha: 24-Dic-2013

A lo señalado debe agregarse, en calidad de mayor abundamiento, el hecho de que, existiendo

A lo señalado debe agregarse, en calidad de mayor abundamiento, el hecho de que, existiendo una consulta realizada a la misma Administración Tributaria en una anterior oportunidad, con identidad de objeto y causa, en la que se estableció que no correspondía gravar con el IVA a la venta o cesión de derechos, cuál sería la razón o motivo para que en un caso análogo se pretenda lo contrario, cuando la normativa al respecto se mantiene invariable por cuanto no fue objeto de modificación posterior a dicha consulta, pese a la limitación por el carácter vinculante de dicha consulta, conforme el artículo 117 de la Ley Nº 2492