Auto Supremo AS/0752/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Que, quien tiene interés legítimo, tiene la facultad de realizar consultas, sobre casos controvertidos, siendo

Que, quien tiene interés legítimo, tiene la facultad de realizar consultas, sobre casos controvertidos, siendo la respuesta de carácter vinculante, únicamente para quien la formuló y no así para todos los contribuyentes como se pretende en la resolución recurrida, por lo cual no corresponde aplicar la jurisprudencia sentada mediante las SSCC 1037/02-R de 30 de agosto y Nº 223/00 de 15 de marzo y 395/03 de 26 de marzo