Auto Supremo AS/0752/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Si la transferencia de cosas subjetivas o abstractas como son los derechos de televisación, por

Si la transferencia de cosas subjetivas o abstractas como son los derechos de televisación, por no considerarse ni constituir mercancía, no generan el IVA; tampoco pueden generar el IT, porque en este segundo acto de disposición, lo inmaterial se constituye en producto sujeto al pago de las transacciones al que están obligados los adquirentes y no así el transmisor o propietario primigenio, de lo contrario se estaría tributando por doble partida