Auto Supremo AS/0767/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0767/2013

Fecha: 24-Dic-2013

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad

Por lo señalado y no habiendo desvirtuado el contribuyente, de manera fehaciente, la inexistencia de la deuda tributaria por el periodo fiscalizado, siendo correcta la decisión asumida por el Tribunal de segunda instancia en el Auto de Vista recurrido, no siendo evidente las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso de casación en la forma dispuesta por los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 214 y 297. II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74. 2 de la Ley Nº 2492 Código Tributario de 2 de agosto de 2003.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confieren los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I.1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por el contribuyente de fs. 410 a 414. Con costas