Auto Supremo AS/0038/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2013-RRC

Fecha: 18-Feb-2013

En dicha resolución, el tribunal de casación concluyó que: "

En dicha resolución, el tribunal de casación concluyó que: "...el Auto de Vista impugnado no establece las razones o fundamentos del cuantum de la pena, que incrementa la anterior establecida por la sentencia de primer grado, violando la garantía del debido proceso y la línea doctrinal que ya ha establecido el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación al respecto, habiéndose infringido lo dispuesto por los artículos 124 y 370 ambos del Código de Procedimiento Penal, por consiguiente las sentencias y autos deben ser emitidos fundadamente y expresarán los motivos de hecho y derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, no pudiendo ser reemplazados por la simple relación de documentos o la mención de los aportados por las partes. Habiendo vulnerado el Tribunal de Alzada la garantía normativa del debido proceso al omitir, en el Auto de Vista, la correspondiente, obligatoria e ineludible fundamentación que explique las razones de la calificación de la pena, establecida por este tribunal, que hubiesen respaldado la determinación de agravar la pena."