Auto Supremo AS/0099/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2013-RRC

Fecha: 15-Abr-2013

Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,

Radicada la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, éste resolvió el fondo del recurso de apelación restringida, emitiendo el Auto de Vista de 20 de septiembre de 2012, con los siguientes fundamentos jurídicos:
Que evidentemente los arts. 353 y 203 del CPP, no fueron cumplidos por el Tribunal de alzada a momento de recibir la declaración de la menor víctima, ya que fue tomada en presencia y confrontación del imputado, contraviniendo los arts. 60 de la Constitución Política del Estado (CPE), 105 y 106 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), por lo que se evidencia que uno de los fundamentos del recurso de apelación restringida, constituye defecto absoluto por conculcación de derechos de la víctima, previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, señalando el Tribunal de apelación, que ese defecto no puede ser convalidado, correspondiendo la nulidad de la Sentencia, con la necesidad de reponerse el juicio por otro Tribunal de Sentencia, con los efectos determinados, en cuanto al cómputo del plazo máximo de duración del proceso, establecidos por el Auto Supremo 244 de 7 de julio de 2006. Aclarando finalmente que, al haberse comprobado la existencia de tal defecto de Sentencia, resulta innecesario ingresar al análisis de los demás aspectos impugnados por la acusación particular y el Ministerio Público