Auto Supremo AS/0108/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2013-RRC

Fecha: 22-Abr-2013

Ante tal escenario el Tribunal de casación, determinó dejar sin efecto el Auto de Vista

Ante tal escenario el Tribunal de casación, determinó dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido, bajo el argumento de que en cuanto a las dos primeras problemáticas: "En la función jurisdiccional respecto a las resoluciones que se emitan es imprescindible que los Tribunales de Justicia apliquen las normas positivas de acuerdo a lo previsto por el artículo 228 Constitucional, dando aplicación preferente a la normativa Constitucional; consiguientemente la carga de la prueba corresponde al acusador público o privado o a ambos, y en aplicación del principio constitucional de inocencia un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, menos como delincuente, mientras no exista sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material; consecuentemente del estado de presunción de inocencia deriva el hecho de que la carga de la prueba no le corresponde al imputado sino al acusador"