Auto Supremo AS/0135/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2013

Fecha: 04-Abr-2013

Que, contra el referido Auto de Vista, la representante legal de la parte demandada Empresa


En grado de apelación interpuesto por la Empresa demandada FRONTERA SERVICES S.R.L., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 755/2008, confirmÓ la Sentencia Nº 26/2005 de fecha 28 de mayo de 2008 de fojas 109 a 111 dictada por la Juez A quo.

Que, contra el referido Auto de Vista, la representante legal de la parte demandada Empresa FRONTERA SERVICES S.R.L., interpuso recurso de casación en el fondo a fojas 161 a 163 y vuelta, con los  siguientes argumentos:

Manifiesta la parte recurrente que al amparo del artículo 253 incisos 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, interpone recurso de casación en el fondo, en virtud a que el fallo recurrido ha aplicado indebidamente la ley, incurriendo en error de hecho y derecho respecto al valor probatorio de las pruebas de fojas 10 y 38, sobre una nota de fecha 2 de agosto de 2007, que establece el cambio de lugar de trabajo de la actora, por su estado de gestación, a fin de precautelar la salud de la trabajadora embarazada y deduciendo que no existió retiro sino cambio del lugar de trabajo, para que pueda realizar sus actividades laborales en su domicilio y con el mismo sueldo, por lo que el Tribunal de Apelación no valoró la referida prueba conforme a las previsiones de los artículos 1286 del Código Civil, 192 inciso 2), 397, 476 y 90 del Código de Procedimiento Civil, habiendo contravenido los citados artículos.

Afirma que la Resolución de Vista recurrida, ha cometido infracción en la ley en su texto formal, e incurrido en falsa aplicación de las Sentencias Constitucionales que son de cumplimiento obligatorio por ser vinculantes, a este efecto transcribe partes de las Sentencias Constitucionales Nº 310/2000 R, Nº 764/04 – R y Nº 0765/2003 –R. En ese sentido sostiene que el Auto de Vista emitido por el Tribunal de Alzada, con absoluta claridad contiene violación y disposiciones contradictorias en el inciso 3) del Quinto Considerando de fojas 154 vuelta, ya que el fondo del juicio, era si existía despido o no, por lo que reitera y recalca mala aplicación e interpretación de la ley y no aplicación de las Sentencias Constitucionales aplicables al caso