Ante esta determinación la asegurada interpuso recurso de reclamación (fs
Ante esta determinación la asegurada interpuso recurso de reclamación (fs. 165-167), que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0118/10 de 9 de abril de 2010 (fs. 196-201), revocó en parte la Resolución Nº 0010231 de 12 de septiembre de 2007 de fs. 115, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas, con modificación del PRA, atendido por Auto No. 4285 de fecha 10 de abril de 2008, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas cursante a fs. 153 y la fecha de inicio de la prestación a partir de mayo de 2006 en aplicación del artículo 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social
- Posteriormente la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0010231 de 12
- Ante esta determinación la asegurada interpuso recurso de reclamación (fs
- En grado de apelación interpuesta por la asegurada a fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido No
- CONSIDERANDO II: Que no obstante que el recurso planteado no cumple a cabalidad con los
- En relación a la interpretación errónea reclamada del artículo 74 y 471 del Manual de
- En relación al artículo 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social, norma determina que:
- Asimismo, en la especie, se advierte que la asegurada a tiempo de solicitar la calificación
- En cuanto al reclamo de que el Auto de Vista recurrido no consideró la atribución
- Al respecto, de la revisión del recurso de casación y del Auto de Vista impugnado,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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