Auto Supremo AS/0176/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2013

Fecha: 30-Abr-2013

La acción resolutoria, por la noción que encierra su propia denominación, requiere el respectivo proceso

La acción resolutoria, por la noción que encierra su propia denominación, requiere el respectivo proceso y la correspondiente declaración judicial. Requiere también que el acreedor no ejercite la otra acción que tiene a su favor: la de cumplimiento. No puede demandarse alternativamente las dos cosas: o cumplimiento o resolución. Si demanda el cumplimiento, tiene que estar a sus consecuencias. Si demanda la resolución, igualmente, y ya no puede pedir el cumplimiento