Auto Supremo AS/0227/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2013

Fecha: 11-Abr-2013

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2.- Alude que la responsabilidad es solidaria y que no se consideró en el recurso de apelación que la misma corresponde a COTEL como comitente y/o como consignataria y propietaria de los equipos y objetos dentro del proceso de importación. Cita a continuación el artículo 23 del Decreto Supremo Nº 24783 de 31 de julio de 1997, Reglamento de Despachantes de Aduana y Agencias Despachantes de Aduana, en relación con los artículos 23 y 83 del Código Tributario