Auto Supremo AS/0227/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2013

Fecha: 11-Abr-2013

Que, el recurso deducido de fojas 403 a 406, carece en absoluto de relevancia jurídica,


SEGUNDO RECURSO.- EN EL FONDO

Que, el recurso deducido de fojas 403 a 406, carece en absoluto de relevancia jurídica, pues se encuentra constreñido a efectuar una relación de los hechos que se produjeron a lo largo de la tramitación del proceso, en un relato en el que si bien se incluye la cita de disposiciones legales, no se encuentra fundamento alguno que sostenga las afirmaciones vertidas; en este sentido, es aplicable la fundamentación expresada al resolver el primer recurso, en cuanto corresponde, debiéndose aclarar específicamente lo siguiente:

Es importante considerar que más allá de excesivos ritualismos o formalidades establecidas en la ley procesal, el juzgador, en cualquier instancia o recurso que siga un proceso, se rige como no puede ser de otra manera, a la aplicación de la ley en relación con el caso concreto, partiendo de la información brindada por las partes y en función de las pretensiones que tengan deducidas; es decir, el juzgador no puede considerar menos, pero tampoco más de lo que fue expresado por cada una de las partes, pues ello derivaría en la aplicación discrecional del ordenamiento jurídico, pero además en la interpretación extensiva o restrictiva de determinado planteamiento, reconociendo a favor de una de las partes, lo que podría significar un desmedro o menoscabo del derecho de la otra, vulnerando de esta manera los principios de lealtad procesal y de igualdad de las partes