Auto Supremo AS/0126/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2013-RRC

Fecha: 10-May-2013

El Tribunal de alzada al pronunciar el recurrido Auto de Vista de 17 de enero

El Tribunal de alzada al pronunciar el recurrido Auto de Vista de 17 de enero de 2013, concluye sobre el motivo de recurso de apelación restringida: "Tampoco es evidente lo afirmado por Mario Durán como fundamento impugnatorio sobre la errónea aplicación del Art. 20 del CP ha momento de calificar su grado de participación, ya que en el supuesto de que no se hallaba sumido en error, su conducta debió asumirse solo en un grado de complicidad y no en autoría directa, debiendo aplicarse el art. 76 de la Ley 1008 por principio de especialidad y de favorabilidad, así como la inobservancia del art. 23 del CP con relación al Art. 76 de la Ley 1008 que es de carácter especial y aplicación preferente en razón del principio de favorabilidad; toda vez que ha quedado definido sin lugar a duda y por ello la imposibilidad de aplicar el principio de favorabilidad o incluso el in dubio pro reo, para cambiar la figura delictiva de autor del delito de transporte de sustancias controladas por la de cómplice sencillamente porque quedo demostrado en juicio oral bajo la prueba producida en el debate la convicción en el Tribunal a-quo que el apelante actuó conjuntamente en el desplazamiento de marihuana como sustancia prohibida en el vehículo que conducía bajo su conocimiento, lo que implica la existencia de dolo, que denotan su calidad de autor que no puede de modo alguno modificarse a una participación en grado de complicidad, consiguientemente no resulta atendible este fundamento de apelación" (sic)