Auto Supremo AS/0247/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2013

Fecha: 14-May-2013

Por otra parte señaló mala apreciación de la prueba relevante no valorada ni fundamentada, puesto

Por otra parte señaló mala apreciación de la prueba relevante no valorada ni fundamentada, puesto que en el caso presente el proceso de calificación y revisión de planillas detectó inconsistencia de montos con las boletas de pago, lo que determinó una modificación del promedio salarial, estableciéndose la existencia de un cobro indebido de 107 meses, y que de acuerdo a la estructura del artículo 410 de la Constitución Política del Estado, existen normas establecidas que deben aplicarse con preferencia, siendo que los documentos emitidos por la institución se presumen legítimos por determinación del artículo 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo, que establecen que el asegurado realizó un cobro indebido de Bs. 14.965,94, que no ha sido valorado ni fundamentado, trasluciendo mala apreciación de la prueba, la cual debe ser revisada de oficio por el Tribunal de Alzada conforme prevé el artículo 15 de la LOJ; porque las normas en materia de seguridad social son de orden público, de cumplimiento obligatorio y de aplicación preferente de acuerdo al artículo 48. I de la Norma Suprema, destinados a proteger los bienes del Estado