Auto Supremo AS/0263/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2013

Fecha: 15-May-2013

Asimismo, en cuanto al reclamo de interpretación contradictoria que crearía inseguridad jurídica, en referencia al

Asimismo, en cuanto al reclamo de interpretación contradictoria que crearía inseguridad jurídica, en referencia al artículo 83 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y el Considerando II. 2 del Auto de Vista recurrido en relación con su Considerando II. 5, así como la aplicación del artículo 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social y la vulneración del artículo 115 de la Constitución Política del Estado; cabe señalar que, el artículo 83 de la normativa aludida, establece que para la calificación de renta de vejez, la Unidad de Recaudación determinará el número de cotizaciones del asegurado, prerrogativa reconocida, no sujeta a discusión