Auto Supremo AS/0263/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2013

Fecha: 15-May-2013

Por otro lado, en cuanto a la inadecuada valoración de las literales salientes a fs

Por otro lado, en cuanto a la inadecuada valoración de las literales salientes a fs. 143-150 y 154-156, la entidad recurrente no establece de manera precisa la concurrencia de error de derecho o error de hecho, conforme prescribe el artículo 253. 3) del Código de Procedimiento Civil; sin embargo de la lectura integral del recurso de casación, se observa que el Tribunal ad quem, advertido de la percepción por parte del asegurado tanto de un sueldo o salario y de renta de vejez de forma simultánea, debió dar cumplimiento a lo establecido por la normativa aplicable a la doble percepción señalada precedentemente