Auto Supremo AS/0263/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2013

Fecha: 15-May-2013

Consecuentemente, corresponde dar aplicación a los artículos 271

Consecuentemente, corresponde dar aplicación a los artículos 271. 4 y 274. II del Código Procedimiento Civil, aplicables por la norma remisiva contenida en los artículos 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997