Auto Supremo AS/0292/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2013

Fecha: 05-Jun-2013

Agregó que las Notas de Cargo 27/01, 09/03 y 13/03 al presente se encuentran anuladas

Agregó que las Notas de Cargo 27/01, 09/03 y 13/03 al presente se encuentran anuladas y por ende sin valor legal, de donde resulta ilegitimo hacer valer dichas notas y reconocer como deuda la suma de Bs.129.820,69.- pues se debió tomar el monto establecido en el convenio de pago 37/04 (51.972,30 UFV´s), menos las 4 cuotas debidamente pagadas conforme se acreditó con el kardex de la empresa; asimismo, se debió tomar como fecha para calcular las multas e intereses desde el 30 de noviembre de 2004, fecha en que quedó resuelto el convenio de pago, aspecto que fue ignorado por los de instancia, quienes no desvirtuaron los argumentos esgrimidos, careciendo su fallo de la más elemental motivación y fundamentación en lo concerniente a la decisión adoptada referente al error de cálculo, vulnerando el principio de la pertinencia de las resoluciones, dado que omitió pronunciarse exhaustivamente respecto del irrefutable hecho esbozado en el recurso de apelación (error de cálculo); señalando que los de instancia han desconocido su propia jurisdicción y competencia, al no fundamentar y menos compulsar debidamente los elementos expuestos en el memorial de respuesta y en el de apelación