Auto Supremo AS/0292/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2013

Fecha: 05-Jun-2013

Finalmente acusó error de hecho en la apreciación de la prueba de fs

Finalmente acusó error de hecho en la apreciación de la prueba de fs. 94 a 99, referente a la copia legalizada del convenio de pago suscrito entre el SENASIR y la Fábrica de Chocolates “Taboada”, donde en la cláusula segunda se reconoció la deuda de UFV´s 51.972,30.- monto que debió haberse tomarse en cuenta para realizar el cálculo de la deuda, obviamente descontando las cinco cuotas que fueron debidamente canceladas y no así de Bs.129.820,66.- monto que es totalmente distinto al realmente adeudado y que fue consignado en la cláusula segunda del convenio, el cual como se tiene dicho asciende a UFV`s 51.972,30.- que equivalían a Bs.55.232.00-, pero en la demanda se tomó como cálculo la de Bs.129.820,69.- y retrotrae los efectos al 2001, hecho que resulta totalmente arbitrario e ilegal, dado que en el citado infirme se señaló que la empresa se acogió a los alcances del Decreto Supremo Nº 27236 que estableció un régimen de condonación de multas e intereses